Las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) nacieron a finales de 1988 como estructuras para fomentar y facilitar la cooperación en actividades de I+D entre investigadores y empresas, tanto en el marco nacional como europeo.
Las OTRI son intermediarias en el sistema ciencia-tecnología-empresa, y su misión consiste en dinamizar las relaciones entre los agentes del sistema. Para ello las OTRI se dedican a identificar las necesidades tecnológicas de los sectores socioeconómicos y a favorecer la transferencia de tecnología entre el sector público y el privado, contribuyendo así a la aplicación y comercialización de los resultados de la I+D generada en las universidades y centros públicos de investigación.
El Ministerio de Ciencia e Innovación gestiona el registro de OTRI, cuya solicitud de inscripción se realiza de forma telemática en la sede electrónica del Ministero de Ciencia e Innovación.
Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece medidas para la valorización del conocimiento mediante la potenciación de la actividad de transferencia desde los agentes públicos de ejecución a través de las oficinas de transferencia de conocimiento. Por tanto, dada la creciente complejidad y especialización de las operaciones que se llevan a cabo en las OTRI españolas, sumado al impulso necesario para su potenciación, exigen su puesta al día, así como también la de su registro.
El Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, responde a este cambio necesario con el objetivo de establecer las Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC) y de su Registro OTC dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, así como regular el procedimiento para su reconocimiento e inscripción y cancelación. El Real Decreto no entrará en vigor hasta el 1 de julio de 2023, periodo necesario para adaptar los procedimientos a la norma.