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Presentación de los informes de seguimiento científico-técnico
Para el seguimiento científico-técnico del trabajo realizado por el personal contratado con las ayudas de este Subprograma y de acuerdo con las distintas órdenes y resoluciones de convocatoria se han de elaborar los correspondientes informes de seguimiento o final, utilizando los modelos que hay en Información relacionada al final de esta página.
El envío de dichos informes se ha de realizar desde la aplicación telemática que se encuentra en esta página web, por lo que no debe enviarse el informe impreso. El plazo para efectuarlo comenzará, para cada ayuda, un mes antes de lo establecido en las resoluciones de convocatoria, iniciándose su cómputo desde la incorporación efectiva del contratado al Centro de I+D. En este periodo la aplicación telemática permitirá realizarlo e indicará que el plazo está abierto.
Instrucciones
Las instrucciones detalladas para su utilización se encuentran en el manual disponible en el acceso a la aplicación telemática y se pueden resumir en los siguientes pasos:
Técnicos:
Centros de I+D:
Los impresos de justificación de los Centros deben dirigirse a la Subdirección General de Recursos Humanos para la Investigación del Ministerio de Economía y Competitividad (C/ Albacete, 5. Planta 6ª.Sur 28071 Madrid.) antes de que finalice el plazo establecido en las resoluciones de convocatoria.
Nota: A partir del día uno de mayo de 2012 la justificación científico-técnica de la convocatoria 2010 y posteriores será necesario finalizarla mediante el registro telemático con firma electrónica del representante legal (pueden firmar electrónicamente los mismos representantes legales que venían firmando hasta ahora los impresos de justificación científica). Por este motivo, en dichas convocatorias, no habrá que presentar los impresos de justificación de los Centros en un registro presencial, ni tampoco remitirlos al Ministerio.
Justificación económica de gastos Subprograma Personal Técnico de Apoyo
A las entidades beneficiarias de ayudas del Subprograma Personal Técnico de Apoyo les será requerida la cuenta justificativa de los gastos realizados, que contendrá:
Plazo de presentación
La memoria económica justificativa deberá presentarse en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha del fin del plazo de ejecución de cada anualidad con los gastos efectuados en cada una de ellas.
Justificación telemática
Para la justificación telemática de las ayudas concedidas por este Ministerio, los beneficiarios tienen disponible una aplicación que permitirá introducir los gastos de la ejecución de la ayuda. (Ver Justificación Telemática en el pie de página)
Remisión de la documentación
La cuenta justificativa de gastos, firmada por el representante legal de la entidad, debe ser remitida a:
Subdirección General de Gestión Económica de Ayudas a la Investigación Dirección General de Investigación Científica y Técnica Ministerio de Economía y Competitividad C/ Albacete, 5. 28071 Madrid
Revisión de la cuenta justificativa de gastos
La comprobación formal para la liquidación de la subvención se realizará de modo exhaustivo sobre las cuentas justificativas presentadas, y las facturas o documentos de valor probatorio análogo que sustenten dichos informes serán objeto de comprobación en los cuatro años siguientes sobre la base de una muestra representativa. Para ello, la Subdirección General de Gestión Económica de Ayudas a la Investigación podrá requerir a los beneficiarios la remisión de los justificantes que compongan dicha muestra, así como realizar las visitas de control correspondientes.
El beneficiario estará sometido a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de Investigación Científica y Técnica, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas, y los organismos que procedan según la normativa relativa a la gestión de las ayudas financiadas con los fondos estructurales de la Unión Europea, o cualquier otra normativa aplicable.
Los beneficiarios deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario, así como de las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la subvención concedida, y garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad del beneficiario.
Consultas
Consultas de carácter general: Infociencia. Teléfono 902 21 86 00. Horario de atención telefónica: de lunes a viernes, de 9,00 a 17,30 h. y sábados, de 9,00 a 17,30 h.