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Estancias de personal docente y/o investigador senior en centros extranjeros 2023

Tramitación

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU)

Año: 2023

Fecha de publicación: octubre 2024

Plazos de Solicitud: Comienzo: 17/01/24 - Fin: 7/02/24

Plan estratégico: Plan Estratégico de Subvenciones

Programa/Oferta: Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad

Subprograma: Subprograma de Movilidad

Órgano instructor: Subdirección General de Formación del Profesorado Universitario y Gestión de Programas de Ayuda

La realización de estancias en el extranjero del profesorado universitario e investigadores con experiencia y trayectoria profesional acreditadas, en una actuación dirigida a propiciar la movilidad con fines de actualización permanente. Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato.

Número

El número de ayudas previstas es 400 estancias, de las cuales, hasta 70 podrán corresponder a estancias en EE.UU., en el marco del Programa Fulbright.

Personal docente y/o investigador con vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecientes a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o con vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, para cuya formalización se haya exigido tener el grado de doctor, o que formen parte de las plantillas encargadas de las tareas de investigación en hospitales universitarios.Dicha vinculación ha de ser con un centro de investigación que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 8 de la convocatoria.

Requisitos

  • Haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2012, salvo los funcionarios de carrera de las universidades públicas españolas o de las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, en cuyo caso, aunque el grado se haya obtenido con posterioridad han de concurrir a esta modalidad.
  • Estar en servicio activo y con dedicación a tiempo completo en la vinculación acreditada con el organismo de origen que da su conformidad a la subvención solicitada.
  • No haber disfrutado estancias en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses durante los últimos 4 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, contabilizándose cualquier estancia de duración igual o superior a un mes. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse en la fecha de inicio de la estancia.
  • La persona solicitante deberá disponer de una dirección de correo electrónico actualizada a efectos de notificación.

Duración. Fechas de inicio y fin de las estancias

  • Las estancias han de tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 meses.
  • Las estancias deberán realizarse entre el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, en el caso de aquellos profesores y/o investigadores que deseen iniciar la estancia antes, podrán solicitar que la fecha de inicio sea a partir del 1 de septiembre de 2024. En estos casos, cuando la estancia se haya solicitado para una fecha anterior a la resolución de concesión, si se concediese la ayuda, la misma tendrá efectos retroactivos siempre que se acredite el inicio y/o la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria y en las fechas establecidas en la resolución de concesión.
  • Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright, sólo podrán solicitar una fecha de inicio posterior al 1 de enero de 2025.
  • Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización.

Proyectos a realizar y grupos receptores

Para llevar a cabo el proyecto el beneficiario ha de integrarse en un grupo del centro receptor y uno de sus miembros ha de asumir ser responsable de la actividad docente/investigadora del mismo a lo largo de la estancia. No podrán admitirse a trámite solicitudes en las que no haya un grupo receptor, formado como mínimo por dos profesores/investigadores de dicho centro.

Centros de destino

  • La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro receptor.
  • Los centros para los que se solicite la estancia deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos.
  • En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción.
  • Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%, no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá estar, excepcionalmente, en territorio español, pero se requerirá cambio de residencia habitual.

Incompatibilidades

  • Las subvenciones sólo serán compatibles con la vinculación contractual o funcionarial del beneficiario en el centro de adscripción.
  • Las subvenciones serán incompatibles con cualquier compromiso o actividad profesional no vinculada directamente al trabajo de investigación financiado, que requiera una ausencia del beneficiario de su centro de destino.
  • Los beneficiarios no podrán percibir ninguna cuantía destinada a los gastos de viaje y estancia en el extranjero con cargo a ningún proyecto ni similar.
  • Para más información a este respecto ver el artículo 22 de la convocatoria.

Orden Ministerial de 29 de diciembre de 2023 por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones 2024-2025 del Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación (PEICTI) 2021-2023.

INSTRUCCIONES

  • Las solicitudes se cumplimentarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio (acceso al servicio online). Puede encontrar más información sobre la formalización de las solicitudes en el artículo 11 de la convocatoria.
  • Los solicitantes de estancias para EE.UU., podrán optar por presentarse dentro del programa general o en el marco del Programa Fulbright. Para más información a este respecto ver el artículo 3 de la convocatoria.

DOCUMENTACIÓN E IMPRESOS NORMALIZADOS

Formularios a cumplimentar en la propia aplicación:

  • Los datos personales y profesionales referidos al cumplimiento de los requisitos necesarios para participar.
  • El CV del solicitante y la información referente al grupo y centro receptor, todo ello referido a los últimos seis años. Estos formularios son necesarios para la valoración científico-técnica. Todos los méritos que obren en el CV deberán poder ser debidamente acreditados mediante certificación o similar, en caso de que sean requeridos en la fase de evaluación. Para las publicaciones indexadas, se deberá incluir su posición relativa en el año de publicación en una categoría del JCR.

Documentos a adjuntar como archivos en formato electrónico:

  • Memoria del proyecto a realizar durante el período solicitado para la estancia. Se aportará en el impreso normalizado en castellano y con las características exigidas en la convocatoria.
  • Carta emitida por el centro receptor aceptando y dando su conformidad a la estancia del solicitante en dicho centro. Esta carta, expedida en papel con membrete oficial del centro y debidamente firmada, deberá ir acompañada de su correspondiente traducción al castellano.
  • Fotocopia del título de doctor o, en su defecto, certificado donde conste fecha de obtención del grado de doctor y fecha en la que se ha solicitado el titulo.
  • Copia del contrato con el organismo de adscripción, en todos los casos en que los solicitantes mantengan vinculación contractual, no funcionarial.
  • Certificado del organismo de adscripción, en el impreso normalizado , dando su validación y conformidad a la solicitud.

INFORMACIÓN PARA LOS CENTROS DE ADSCRIPCIÓN: VALIDACIÓN Y CONFORMIDAD DE SOLICITUDES

  • Los centros de adscripción deberán emitir un certificado en el que den su validación y conformidad a cada solicitud presentada por sus investigadores/profesores.
  • Este certificado deberá cumplimentarse en el impreso normalizado correspondiente, disponible en el apartado «Documentación e impresos normalizados», y el solicitante deberá aportarlo al formalizar la solicitud, junto al resto de documentos requeridos. En el certificado se reflejará la vinculación del solicitante, estancias realizadas anteriormente y fechas de la estancia solicitada.
  • En este certificado, que podrá ser firmado por el representante legal del organismo de adscripción o por la persona responsable con delegación de firma, se dará la conformidad a la autorización de ausencia de la persona solicitante durante las fechas solicitadas. Asimismo, la entidad se comprometerá a ser entidad colaboradora, en caso de concesión, y a firmar el correspondiente Convenio de colaboración con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Las subvenciones conllevan:

  • Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
  • Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
  • Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.000 €.

Estas dotaciones varían en función del país de destino y los importes de cada país figuran en el Anexo de la convocatoria.

  • Todas las personas beneficiarias de las subvenciones podrán contratar un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.
  • Respecto a la asistencia sanitaria, las que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social y tengan el centro receptor en países en los que no tenga validez la Tarjeta Sanitaria Europea, deberán suscribir una póliza de asistencia, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda en concepto de gastos de instalación.
  • Aquellas que pertenezcan a MUFACE disfrutarán de la asistencia sanitaria en el extranjero en los términos establecidos y cubiertos por su mutualidad y sólo podrán imputar la contratación de un seguro de asistencia en aquellos casos en los que el centro receptor exija la contratación obligatoria de una póliza concreta o con unas condiciones que no cubra MUFACE .
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Consultas sobre la convocatoria y solicitud (Programa movilidad)

programa.movilidad@universidades.gob.es

movilidad.organismos@universidades.gob.es

RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. División de Atención al Ciudadano, Transparencia y Publicaciones. P.º de la Castellana, 162, 28046 Madrid
DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS dpd@ciencia.gob.es
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BASE JURÍDICA Artículo 6.1.c) del RGPD: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
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