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Ayudas complementarias de movilidad destinadas a beneficiarios del programa de Formación del Profesorado Universitario

Cerrada

Ministerio de Universidades (MUNI)

Año: 2021

Fecha de publicación: diciembre 2020

Plazos de Solicitud: Comienzo: 15/01/21 - Fin: 2/03/20

Plan estratégico: Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017 -2020

Programa/Oferta: Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i

Subprograma: Subprogramas de Formación y Movilidad

Presupuesto: 2.853.096,00 €

Órgano instructor: Secretaría General de Universidades

Régimen: Concurrencia competitiva

Las ayudas para estancias breves y traslados temporales tienen por objeto reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda.

Modalidades

  • Estancias Breves

Su duración será de 2 o 3 meses, excepcionalmente, podrán tener 1 mes de duración si el destino es en un centro ubicado en España.

  • Traslados Temporales

Tendrán una duración mínima de 6 meses y máxima de 9 meses.

Número

  • 550 ayudas para Estancias breves.
  • 30 ayudas para Traslados temporales.

Requisitos

Estancia breve:

  • Personas que disfruten de una ayuda FPU que hayan completado un periodo igual o superior a nueve meses o haber completado un periodo igual o superior a nueve meses en becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante a la ayuda FPU en cuanto a sus objetivos y su cuantía, y cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo del periodo de duración máxima de la ayuda FPU.
  • Si estas personas, encontrándose en activo, no cumplieran el requisito anterior, al menos, deberán haber completado nueve meses de estudios en el programa de doctorado en el que se encuentren matriculados.

Traslado temporal:

  • Personas que disfruten de una ayuda FPU que hayan completado un periodo igual o superior a 24 meses de la ayuda FPU.

Dotación

  • Ayuda para alojamiento y manutención. Una dotación diaria para manutención de 25 € para las estancias en España y hasta un máximo de 50 € para estancias en el extranjero, en función del país de destino.
  • Ayuda en concepto de gastos de viaje para destino en el extranjero: un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
  • Una ayuda de hasta 200 € mensuales para financiar los gastos del seguro de accidentes y de asistencia médica, en aquellos casos en los que el desplazamiento sea a países en los que no tenga validez la tarjeta sanitaria europea.

Más Información

  • La suma de todos los periodos subvencionados sea en concepto de traslado temporal o de estancias breves, no podrá superar el periodo máximo para ausencias establecido en la convocatoria FPU.
  • Tanto los traslados temporales como las estancias breves habrán de efectuarse en su totalidad dentro del periodo de vigencia de la ayuda FPU, incluidas las posibles prórrogas concedidas a causa de las medidas excepcionales como consecuencia del COVID19.

Orden de 24 de noviembre de 2020 por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a beneficiarios de ayudas de Formación del Profesorado Universitario del Subprograma Estatal de Formación en I+D+i.

Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el 15 de enero de 2021
  • Hasta el 15 de febrero de 2021, a las 14.00 horas (horario peninsular)

Presentación de la solicitud

La solicitud se cumplimentará a través del botón «Acceso al servicio online» (al principio de esta página), y deberá ser firmada por la persona que lo solicita mediante alguno de los siguientes sistemas: DNI-e, certificado electrónico reconocido por las Administraciones Públicas o con el usuario y contraseña facilitado al registrarse en la sede electrónica https://sede.educacion.gob.es.

Proceso de evaluación

Las solicitudes serán evaluadas por la Comisión que regula en su artículo 3, la Orden ECD/1476/2016, de 28 de octubre, por la que se crean diferentes órganos de evaluación adscritos al Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

La evaluación de solicitudes se efectuará en régimen de concurrencia competitiva dentro del área ANEP en la que se encuentren encuadradas, pudiendo ser valoradas hasta un máximo de 100 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a, hasta 40 puntos, valorándose en este apartado:
  • Estado de desarrollo de la tesis (publicaciones, comunicaciones a congresos y otros resultados que se hayan obtenido hasta la fecha y en los que figure el doctorando como autor). 20 puntos.
  • Relación del proyecto a realizar durante la estancia con el contenido y con los objetivos de la tesis doctoral. 10 puntos.
  • Plan de trabajo propuesto durante la estancia con relación al estado actual del proyecto de tesis. 10 puntos.
  • Historial científico-técnico del equipo de investigación en el que se integre el candidato/a, hasta 20 puntos. En este apartado se valorará:
  • Contribuciones del grupo de investigación de destino correspondientes a los últimos cinco años (publicaciones, patentes y/o proyectos de investigación del grupo de investigación de destino). 10 puntos.
  • Relación de la actividad investigadora del grupo de destino con el contenido de la tesis doctoral y con el proyecto a realizar. 10 puntos.
  • Interés científico y viabilidad del proyecto y duración de la estancia solicitada, máximo 40 puntos. En este apartado se valorará:
  • Relación de la duración de la estancia con el estado actual de desarrollo de la tesis doctoral. 10 puntos.
  • Adecuación de su duración con el proyecto a realizar durante la estancia. 20 puntos.
  • Interés de la estancia y su duración con la mejora de la formación predoctoral del beneficiario de la ayuda. 10 puntos.

Información del procedimiento posterior a la resolución

Finalizada la estancia o traslado, la persona beneficiaria de la ayuda deberá presentar en su centro de adscripción la memoria final de la estancia, el certificado del centro receptor de que la misma ha tenido lugar y otro certificado de reincorporación a su centro en España.

Estos documentos se encuentran a continuación, así como un tutorial para el envío de los mismos y una recopilación de las preguntas más frecuentes.

También está a disposición de las personas beneficiarias el formulario necesario para solicitar el cambio de fechas de la estancia concedida, así como para comunicar la renuncia a la misma.

Orden del 18 de octubre de 2021 por la que se conceden ayudas de movilidad para estancias breves en otros centros españoles y extranjeros y para traslados temporales a centros extranjeros a beneficiarios del Subprograma de Formación del Profesorado Universitario, correspondiente a la convocatoria publicada por Orden Ministerial de 24 de noviembre de 2020.

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Consultas sobre la incorporación, modificación de fechas y renuncias

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