La Secretaría General de Universidades abre una vía específica para agilizar los procedimientos de homologación y equivalencia en los títulos extranjeros de educación superior regulado en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre

La Secretaría General de Universidades a través de la Resolución de 21 de febrero de 2024, anuncia que las solicitudes de personas que residan legalmente en España, así como de las personas que posean la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, se tramitarán mediante una vía específica que permitirá una rápida integración en el mercado de trabajo. Esta tramitación se simultaneará con la de los expedientes pendientes de resolver conforme al Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, y del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre.

El Ministerio comprobará automáticamente la situación de residencia y nacionalidad de las solicitudes, por lo que no será necesario aportar documentación adicional. Excepcionalmente, los solicitantes que cuenten con doble nacionalidad siendo una de ellas española o de un Estado miembro de la Unión Europea pero iniciaron el procedimiento con un pasaporte extracomunitario, deberán remitir su pasaporte por la misma vía por la que presentaron su solicitud inicial.

El resto de expedientes se seguirán tramitando con todas las garantías, aunque tendrán preferencia en su tramitación aquellos expedientes a los que afecte esta resolución.

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