Ayudas para estancias de movilidad en el extranjero José Castillejo para jóvenes doctores 2021
Ministerio de Universidades (MUNI)
Urtea: 2021
Argitaratze-data: ekaina 2021
Eskaera-epeak: Hasiera: 21/07/12 - Amaiera: 21/08/31
Plan estrategikoa: 2017-2020 Ikerketa Zientifiko eta Teknikorako eta Berrikuntzarako Estatuko Plana
Programa/Eskaintza: Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i
: Subprogramas de Formación y Movilidad
Instructor organoa: Secretaría General de Universidades
Araubidea: Concurrencia competitiva
Esta modalidad tiene por objeto financiar estancias que favorezcan e incentiven la movilidad de jóvenes doctores, que se hayan incorporado recientemente a la carrera docente e investigadora y mantengan una vinculación contractual como profesores e investigadores con sus centros de adscripción.
Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato.
Número
El número de ayudas previstas es de 260 estancias, de las cuales hasta 30 podrán corresponder a estancias en EE.UU. en el marco del Programa Fulbright.
Requisitos
- Haber obtenido el grado de doctor con posterioridad al 1 de enero de 2010, salvo los funcionarios de carrera de las universidades públicas españolas o pertenecientes a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, en cuyo caso, aunque el grado se haya obtenido con anterioridad han de concurrir siempre a la Modalidad A.
- Estar en servicio activo y con dedicación a tiempo completo en la vinculación acreditada con el organismo de origen que da su conformidad a la subvención solicitada.
- No haber disfrutado estancias en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses durante los últimos 4 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, contabilizándose cualquier estancia de duración igual o superior a un mes. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse en la fecha de inicio de la estancia.
Más información
Duración. Fechas de inicio y fin de las estancias.
- Las estancias han de tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 meses.
- Las estancias deberán realizarse entre el 1 de mayo de 2022 y el 31 de diciembre de 2022. No obstante, en el caso de aquellos profesores/investigadores que hayan iniciado o realizado la estancia con anterioridad, desde enero de 2021, y así lo hayan manifestado en las correspondientes solicitudes, para el caso de concesión de la ayuda, la misma tendrá efectos retroactivos siempre que se acredite la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria.
- Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright, sólo podrán solicitar una fecha de inicio posterior al 1 de junio de 2022.
- Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización.
Proyectos a realizar y grupos receptores
- Para llevar a cabo el proyecto el beneficiario ha de integrarse en un grupo del centro receptor y uno de sus miembros ha de asumir ser responsable de la actividad docente/investigadora del mismo a lo largo de la estancia. No podrán admitirse a trámite solicitudes en las que no haya un grupo receptor, formado como mínimo por dos profesores/investigadores de dicho centro.
Centros de destino
- La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro receptor.
- Los centros para los que se solicite la estancia deberán estar situados en el extranjero y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos.
- En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción.
- Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad superior al 65%, no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá estar, excepcionalmente, en territorio español, pero se requerirá cambio de residencia habitual.
Incompatibilidades
- Las subvenciones sólo serán compatibles con la vinculación contractual o funcionarial del beneficiario en el centro de adscripción.
- Las subvenciones serán incompatibles con cualquier compromiso o actividad profesional no vinculada directamente al trabajo de investigación financiado, que requiera una ausencia del beneficiario de su centro de destino.
- Para más información a este respecto ver el artículo 22 de la convocatoria.
Información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Presupuesto
Las subvenciones conllevan:
- Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
- Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
- Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.000 €.
Estas dotaciones varían en función del país de destino y los importes de cada país figuran en el Anexo de la convocatoria.
Todos los beneficiarios de las subvenciones deberán disponer obligatoriamente de un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.
Respecto a la asistencia sanitaria, los beneficiarios que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social y tengan el centro receptor en países en los que no tenga validez la Tarjeta Sanitaria Europea, deberán suscribir una póliza de asistencia, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda en concepto de gastos de instalación.
Los beneficiarios que pertenezcan a MUFACE disfrutarán de la asistencia sanitaria en el extranjero en los términos establecidos y cubiertos por su mutualidad y sólo podrán imputar la contratación de un seguro de asistencia en aquellos casos en los que el centro receptor exija la contratación obligatoria de una póliza concreta o con unas condiciones que no cubra MUFACE.
ORDEN MINISTERIAL de 18 de junio de 2021 por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones para 2022 del Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.
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ORDEN MINISTERIAL de 18 de junio de 2021 por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones para 2022 del Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020
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Orden de 28 de abril de 2022, por la que se declara la ampliación de plazos en el trámite de resolución del procedimiento de concesión de subvenciones para 2022 del Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 convocado por Orden Ministerial de 18 de junio de 2021por tramitación anticipada
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Profesores o investigadores con vinculación de funcionario interino o vinculación contractual, como personal docente o investigador, para cuya formalización se haya requerido el grado de doctor, y la fecha de finalización del contrato sea posterior a la fecha de terminación de la estancia de movilidad solicitada. La vinculación ha de ser con un centro de investigación que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 8 de la convocatoria.
Instrucciones
- Las solicitudes se cumplimentarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio (acceso al servicio online). Puede encontrar más información sobre la formalización de las solicitudes en el artículo 11 de la convocatoria.
- Los solicitantes de estancias para EE.UU., podrán optar por presentarse dentro del programa general o en el marco del Programa Fulbright. Para más información a este respecto ver el artículo 3 de la convocatoria.
Documentación
Formularios a cumplimentar en la propia aplicación
- Los datos personales y profesionales referidos al cumplimiento de los requisitos necesarios para participar.
- El CV del solicitante y la información referente al grupo y centro receptor, todo ello referido a los últimos seis años. Estos formularios son necesarios para la valoración científico-técnica. Todos los méritos que obren en el CV deberán poder ser debidamente acreditados mediante certificación o similar, en caso de que sean requeridos en la fase de evaluación. Para las publicaciones indexadas, se deberá incluir su posición relativa en el año de publicación en una categoría del JCR.
Documentos a adjuntar como archivos en formato electrónico
- Memoria del proyecto a realizar durante el período solicitado para la estancia. Se aportará en el impreso normalizado correspondiente, disponible en el apartado siguiente, y en castellano.
- Carta emitida por el centro receptor aceptando y dando su conformidad a la estancia del solicitante en dicho centro. Esta carta, expedida en papel con membrete oficial del centro y debidamente firmada, deberá ir acompañada de su correspondiente traducción al castellano.
- Fotocopia del título de doctor o, en su defecto, certificado donde conste fecha de obtención del grado de doctor y fecha en la que ha solicitado el título.
- Copia del contrato con el organismo de adscripción en todos los casos en que los solicitantes mantengan vinculación contractual, no funcionarial.
- En caso de contratos renovables que finalicen con anterioridad a la fecha final de la estancia, certificado de los servicios de personal haciendo constar que el contrato va a ser renovado y la fecha final de la contratación.
- En caso de vinculación contractual de interinidad, el contrato ha de ir acompañado de un certificado de los servicios de personal en el que conste que la vinculación se mantendrá hasta la fecha de finalización de la estancia y si antes de dicha fecha hubiera algún cambio en la vinculación del interesado se comunicará a efectos de acreditar el mantenimiento del cumplimiento del requisito requerido.
Información para centros de adscripción
- Los centros de adscripción dispondrán de un plazo de diez días hábiles, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, para acceder, a través de la Sede electrónica, a la aplicación habilitada para los organismos, a fin de proceder a la validación y conformidad de las solicitudes presentadas por sus profesores y/o investigadores, en los términos recogidos en el artículo 15 de la convocatoria.
- El procedimiento de validación de las solicitudes por parte del centro de adscripción conllevará la aceptación del modelo de convenio de colaboración con la Secretaría General de Universidades, así como la autorización de la persona representante legal del mismo para que el órgano instructor pueda consultar, comprobar, obtener o requerir la información relativa a la entidad que figura en el artículo citado anteriormente.
- Tanto el formulario como la información al respecto se encuentra en la página Solicitud de información de oficio a universidades y otros organismos.
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Impreso normalizado de la memoria del proyecto
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Preguntas frecuentes
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Instrucciones para la realización de estancias retroactivas anteriores a la resolución de concesión
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Instrucciones para la realización de estancias en 2021 o con anterioridad a mayo 2022
PDF (ES) (46 KB)
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Instrucciones para la realización de estancias con fecha de inicio a partir de 1 de julio
PDF (ES) (239 KB) -
Solicitud de modificación de fecha de inicio para estancias anteriores a la resolución de concesión
Word (ES) (140 KB) -
Solicitud de modificación de fecha de inicio para estancias posteriores a la resolución de concesión
Word (ES) (137 KB) -
Solicitud de cambio de investigador responsable
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Declaración de estancias realizadas con posterioridad a la presentación de la solicitud
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Comunicación de renuncia
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Certificado de incorporación
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Comunicación de ausencia
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Certificado reincorporación tras interrupción
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Solicitud de interrupción
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Comunicación de baja
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Memoria científica de la estancia realizada
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Informe y certificado de estancia del investigador responsable
Word (ES) (119 KB)
Orden Ministerial de 22 de junio de 2022 por la que se conceden subvenciones de la Modalidad B del Programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación.
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Orden Ministerial de 23 de marzo de 2023 por la que se conceden, por estimación de recursos, subvenciones de la Modalidad B del Programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación
PDF (ES) (149 KB) -
Orden Ministerial de 22 de junio de 2022 por la que se conceden subvenciones de la Modalidad B del Programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación
PDF (ES) (175 KB)
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