Anteproyecto de Ley de Actividades Espaciales
Urtea: 2025
Argitaratze-data: urria 2025
Eskaera-epeak: Hasiera: 25/11/05 - Amaiera: 25/12/05
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos normativos, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos potencialmente afectados por la futura norma y de las organizaciones más representativas acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se abre un periodo de consulta pública previa respecto al presente proyecto normativo.
El objeto de esta consulta es recabar la opinión de la ciudadanía, de las empresas del sector espacial, de organizaciones de la sociedad civil y de cualquier persona interesada sobre el Anteproyecto de Ley de Actividades Espaciales en España.
Plazo para presentar comentarios y aportaciones: desde el día 5 de noviembre de 2025 hasta el 5 de diciembre de 2025.
Los comentarios y contribuciones sobre este proyecto normativo deberán de remitirse indicando en el asunto: “Anteproyecto de Ley de Actividades Espaciales” a la siguiente dirección de correo electrónico:
Para la remisión de los comentarios deberá utilizarse el archivo Excel que aquí se facilita y que deberá adjuntarse al correo de envío de comentarios.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que la persona remitente esté plenamente identificada (nombre completo junto al DNI o NIF, en función de la personalidad física o jurídica) y que hayan remitido los comentarios con la hoja Excel facilitada.
No se aceptarán archivos Excel con contraseña.
Los datos personales que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades recaba son tratados de manera confidencial conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Con carácter general, las aportaciones realizadas a través de esta consulta pública se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Sin embargo, si desea que alguna parte de su aportación sea tratada como confidencial, deberá señalarlo específicamente en sus comentarios y proporcionar una motivación clara para dicha clasificación.