Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Estatuto del Estudiantado Universitario
Urtea: 2026
Argitaratze-data: apirila 2026
Kontsulta epea: noiztik: 26/04/01 noiz arte: 26/04/15
El Real Decreto pretende sustituir el vigente Estatuto del Estudiante Universitario aprobado en 2010, para adaptarlo a:
- Los profundos cambios sociodemográficos, económicos, laborales, tecnológicos y culturales que han afectado de lleno en el estudiantado universitario entre 2010 y 2026.
- La transformación del sistema universitario derivada del Espacio Europeo de Educación Superior, así como la expansión considerable de la oferta académica de Grados, Másteres y Doctorados, la eclosión de heterogéneas y numerosas metodologías docentes y la complejización de los modelos de evaluación.
- La necesidad de reordenar los derechos y deberes del estudiantado conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
- La aparición de nuevos desafíos cuyas consecuencias sobre el estudiantado se deben enfrentar, como son los siguientes: crecimiento significativo del volumen de estudiantes matriculados, aumento del estudiantado extranjero, expansión considerable de la docencia virtual u online, incremento del peso de las universidades privadas, eclosión de las prácticas académicas externas, tensión creciente entre alta demanda de determinadas titulaciones y limitación de la oferta pública, aumento de la movilidad del estudiantado y dificultades de alojamiento a precios asequibles, y cambios notables en la composición social del estudiantado y de sus intereses y prioridades formativas, laborales y culturales.
El nuevo Estatuto resulta necesario y oportuno por:
- La obligación legal de adecuación a la Ley Orgánica 2/2023.
- La profunda transformación del sistema universitario español en los últimos quince años.
- La demanda creciente de garantizar derechos reforzados, sistemas de evaluación actualizados, prácticas académicas de calidad y mecanismos claros de participación estudiantil.
- La aparición de desafíos estructurales que impactan en el sistema formativo universitario: digitalización, inteligencia artificial, nuevas metodologías docentes y mayor heterogeneidad social del estudiantado.
- La superación del modelo regulatorio de 2010, ya desalineado con la realidad universitaria de 2026
Un Estatuto trabajado y consensuado con la Conferencia de Rectoras y Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), el Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado (CEUNE) y la Coordinadora de Representantes de las Universidades Públicas (CREUP).
- Reforzar los derechos individuales y colectivos del estudiantado.
- Garantizar al estudiantado el recibir una docencia y formación de calidad, independientemente del tipo de universidad (pública o privada), de su localización geográfica, especialidad, o modalidad de impartición de la docencia.
- Reconocer el derecho del estudiantado a la orientación académica y a la sociolaboral.
- Fortalecer el carácter inclusivo de la universidad, reconociendo el derecho del estudiantado con discapacidad, con necesidades específicas de apoyo educativo y con dificultades de aprendizaje a ser atendido y a adaptarles la formación a dichas necesidades de formación específica, respetándose la autonomía universitaria en términos de cómo se organiza la actividad docente y los servicios universitarios para que estos derechos sean efectivos.
- Reconocer como un derecho del estudiantado el facilitar la compatibilidad de estudios con la actividad laboral, preservando la autonomía universitaria y la ponderación respecto de la naturaleza de la asignatura o titulación y de las necesidades organizativas de la universidad.
- Consolidar el derecho subjetivo del estudiantado a beca o ayuda pública, conforme a normativa vigente y a los requisitos de la misma, para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudios universitarios y con ello contribuir a la cohesión social del país.
- Mejorar las garantías de calidad en las prácticas académicas externas, y de la movilidad nacional e internacional del estudiantado,
- Robustecer los mecanismos de participación del estudiantado en la universidad y en la vida universitaria.
- Avanzar hacia una docencia más individualizada y a hacia un sistema de evaluación entendido fundamentalmente como instrumento de acompañamiento y seguimiento del aprendizaje del estudiantado.
- Regular el funcionamiento del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado.
- Alternativa 1. No abordar ninguna acción normativa.
- Alternativa 2. Modificar el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario
La necesidad de adaptar el actual Estatuto a los principios de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como a lo mandatado por la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de Convivencia Universitaria, y del resto de normativa universitaria y general, que se ha ido promulgando con posterioridad, y que afecta en el desarrollo de la actividad del estudiantado en las universidades, hacen que la aprobación del presente real decreto sea la opción adoptada.
El periodo de participación pública queda abierto desde las 14h del día 1 de abril.
Las contribuciones podrán enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: gabinete.sgu@ciencia.gob.es