Informes Motivados Vinculantes (IMV)

Los Informes Motivados Vinculantes (IMV) aportan al solicitante seguridad jurídica en la aplicación de deducciones y bonificaciones por I+D y/o iT, ya que:

  • Vinculan a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en relación con la calificación de las actividades como I+D y/o iT de un proyecto o de las actividades realizadas en el marco de una anualidad del mismo a efectos de deducciones fiscales en el impuesto de sociedades. Además, pueden recoger gasto o presupuesto.
  • Vinculan a la Seguridad Social con relación a los investigadores que cumplen los requisitos legalmente establecidos para que su empleador tenga derecho a bonificarse por ellos en la cotización a la Seguridad Social.

Informes fiscales

Regulados por los art. 35 y 39 de la Ley del Impuesto de Sociedades y el RD 1432/2003.

Por regla general, su solicitud es voluntaria, si bien, una vez emitidos, su contenido es vinculante. De hecho, las solicitantes pueden calcular y aplicarse deducciones aun teniendo pendiente la obtención de informe motivado.

Pueden ser de naturaleza ex ante (a priori), es decir, se emite un IMV para todo el proyecto, antes de su comienzo, o bien ex post (a posteriori), es decir, se emite un IMV por cada ejercicio fiscal de proyecto ejecutado. Dependiendo del tipo de IMV a solicitar, variará el plazo correspondiente para presentar y registrar la solicitud.

​​​​​​​Informes para Seguridad Social

Regulados en el RD 475/2014.

Son ex post y voluntarios, salvo si la entidad se ha bonificado diez o más investigadores a lo largo de tres meses o más en un ejercicio, en cuyo caso la entidad deberá aportar ante la Tesorería General de la Seguridad Social un IMV en un plazo máximo de seis meses desde la finalización del ejercicio fiscal en el que se han aplicado las bonificaciones.​​​​​​​

Instrucciones para la realización de solicitudes de Informes motivados

Para solicitar un IMV es necesario presentar y registrar una solicitud realizada a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Puede acceder a la aplicación de solicitudes (IMV-MODIM) en  ‘Enlaces’. Dentro de la aplicación, en la parte superior, dispone de los manuales de usuario donde se exponen las particularidades de cada tipo de informe, los plazos de solicitud asociados, así como de las instrucciones para acometer el registro de solicitudes y la gestión de la información y documentación asociada a las mismas. Así mismo dispone de las guías y plantillas para poder confeccionar la documentación soporte que da cumplimiento a la normativa.

Una vez registrada una solicitud, e iniciada la tramitación del expediente por parte del Ministerio, se generará un número de expediente único, que identificará al expediente hasta su resolución. Desde ese momento, el expediente y su información asociada estarán disponibles para que el solicitante pueda visualizar su estado público, su resultado, aportar documentos (dependiendo de su estado público) y controlar la evolución/seguimiento de su tramitación a través de la sede electrónica.

Estudios y memorias

Memorias anuales de solicitud y emisión informes motivados.

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Consultas sobre Informes Motivados Vinculantes

P.º de la Castellana 162. 28046 Madrid

informesmotivados@ciencia.gob.es

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