
El 31 de marzo de 2021, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo, por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Esta reorganización supone la extensión a estos centros (INIA, IGME e IEO) integrados en el CSIC del régimen jurídico de agencia estatal, más flexible y adecuado para la gestión de la ciencia que, además, ha sido recuperado por la Ley que aprueba los Presupuestos Generales del Estado para 2021. Conviene recordar que la actuación de las agencias estatales se produce con arreglo al plan de acción anual, bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión, que establece, entre otros, los objetivos a perseguir, los resultados a obtener, los planes necesarios para alcanzar los objetivos, los recursos personales, materiales y presupuestarios, y los efectos asociados al grado de cumplimiento de los objetivos. En el contrato de gestión se determinan los mecanismos que permitan la exigencia de responsabilidades por incumplimiento de objetivos.
Esta reforma refuerza las medidas de evaluación y control de la actividad de los OPI, y de control de la eficacia de su actuación. En este sentido, parte de su financiación estará condicionada a la evaluación de sus resultados a partir de 2022.