Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC)

La Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, incluye medidas para la valorización del conocimiento mediante la potenciación de la actividad de transferencia desde los agentes públicos de ejecución a través de las oficinas de transferencia de conocimiento.

El Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, establece las Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC) y su Registro OTC, dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y regula el procedimiento para su reconocimiento e inscripción y cancelación.

Las OTC son entidades intermediarias en el sistema español de ciencia, tecnología e innovación, que tienen encomendada la misión de dinamizar las relaciones entre los agentes del sistema, a través de las siguientes funciones:

  • La protección de los resultados de I+D+I a través de títulos de propiedad industrial e intelectual, u otras modalidades de protección.
  • La explotación de resultados de investigación, invenciones y nuevas tecnologías a través de cualquier tipo de contrato que suponga la transmisión de su uso o titularidad a terceros.
  • La investigación colaborativa entre entidades públicas y privadas, así como la contratación de servicios de I+D+I y tecnológicos.
  • La promoción de la creación de entidades basadas en el conocimiento.
  • La difusión social del conocimiento.

El Real Decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2023, fecha a partir de la cual todas las entidades interesadas y que cumplan con los requisitos previstos por la norma podrán presentar sus solicitudes de inscripción a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

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