Real Decreto por el que se regula el régimen retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación de la administración general del estado y se crea la comisión evaluadora del desempeño de la actividad científico-tecnológica
Real Decreto por el que se regula el régimen retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación de la administración general del estado y se crea la comisión evaluadora del desempeño de la actividad científico-tecnológica
Any: 2018
Terminis de sol·licitud: - Finalitat: 03/09/18
Este real decreto tiene por objeto la regulación del régimen retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación, de Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación y de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación. Estas escalas científicas están previstas en el artículo 25.2 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Asimismo, este real decreto crea y regula la Comisión Evaluadora del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica.
Los objetivos que se persiguen son regular el régimen retributivo del personal investigador funcionario de las escalas científicas de Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, tal como se acaba de señalar; homogeneizar las retribuciones de todo este personal; y estimular y reconocer la excelencia, la calidad y la mejora continua en las actividades profesionales de éstos.
Estructura del Real Decreto:
El proyecto de real decreto consta de 12 artículos, 9 disposiciones adicionales, 3 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y 5 disposiciones finales.
Los 12 artículos se dividen en 4 capítulos:
- Capítulo I. Disposiciones generales (artículos 1 y 2).
- Capítulo II. Estructura de las retribuciones (artículos 3 a 6).
- Capítulo III. Normas comunes de las evaluaciones (artículo 7).
- Capítulo IV. Comisión Evaluadora del Desempeño de la Actividad Científico-Tecnológica (artículos 8 a 12).
- Plazo de información pública: Del 16 de noviembre al 3 de diciembre de 2018, ambos inclusive.
- Dirección a la que remitir observaciones: gabinete.sgcpc@ciencia.gob.es