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Proyecto Real Decreto por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a dichos cuerpos

Tancada

Ministerio de Universidades (MUNI)

Any: 2023

Data de publicació: d’abril 2023

Terminis de sol·licitud: Començament: 26/04/23 - Finalitat: 29/05/23

La reforma de la Ley de Universidades de 2007, por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, estableció un nuevo modelo de acreditación que reformaba el de habilitación: eliminó el carácter competitivo del procedimiento, de modo que podría acreditarse cualquier candidato que cumpliera los requisitos, en una convocatoria abierta de forma permanente y sustituyó las pruebas presenciales por la presentación de documentación con la que acreditar los méritos alegados.

En desarrollo de lo anterior, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, y regula el procedimiento de acreditación, determinó que la previa posesión por el candidato de la acreditación nacional es un requisito para concurrir a los concursos de acceso a los cuerpos de profesorado convocados por las universidades. El certificado de acreditación permite concurrir a todos los concursos en la rama de conocimiento en el que el acreditado ha sido evaluado que se efectúen en España y tiene valor por tiempo indefinido.

El desarrollo normativo se completó con el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, que regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, resultando que, aunque la obtención del certificado de acreditación referido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, es un requisito imprescindible para concurrir posteriormente a los concursos de acceso de las universidades, la determinación de los grados de excelencia y la realización de las ponderaciones de méritos de los candidatos a las plazas convocadas.

Mediante esta consulta pública se pretende recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones previa a la elaboración de este proyecto normativo que quiere desarrollar en una sola norma reglamentaria estas dos etapas (acreditación y concurso). Además de incorporar las innovaciones normativas introducidas por la reciente Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Este proyecto normativo pretende dar solución y aportar mejoras en los ámbitos siguientes:

  • Incorporar y desarrolla reglamentariamente las innovaciones normativas introducidas por la reciente Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que afectan a elementos clave del procedimiento, como los perfiles de personal docente e investigador que deben acreditarse, la composición de las comisiones, los méritos y criterios de evaluación, el fomento de la internacionalización del profesorado o la colaboración con ANECA de las agencias de calidad de las Comunidades Autónomas.
  • Simplificar y agilizar la acreditación, procurando que el proceso no uniformice los perfiles de candidatos que puedan participar en los concursos ni suponga una barrera de acceso a candidatos internacionales cualificados.
  • Integrar en el procedimiento de selección de personal de los cuerpos docentes universitarios las orientaciones del movimiento internacional de reforma de la evaluación de la investigación, recientemente impulsadas por la iniciativa para reformar el sistema de evaluación de la investigación en Europa, promovida por la Comisión Europea, como una de las acciones del nuevo Espacio Europeo de Investigación.
  • Procurar que los procesos de selección del personal de los cuerpos docentes universitarios reconozcan una mayor pluralidad de contribuciones y carreras investigadoras, incluyendo una mayor diversidad de misiones y perfiles de investigación y ampliando los productos evaluados.
  • Encontrar un equilibrio examinando si los criterios de evaluación deben centrarse en valorar la calidad de la investigación y deben hacerlo mediante el empleo de métodos cualitativos a la vez que se promueve un uso responsable de indicadores cuantitativos.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios es un requisito para garantizar la calidad y la excelencia del personal docente e investigador del sistema universitario público español. El marco normativo actual que regula el proceso, tanto por el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, que regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, presentan deficiencias y limitaciones que dificultan el cumplimiento de sus objetivos y que requieren una revisión y actualización.

Por todo ello, se hace necesario y oportuno aprobar un nuevo real decreto que modifique el vigente y que introduzca las innovaciones normativas necesarias para mejorar el sistema de acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, teniendo en cuenta las demandas y las expectativas de los agentes implicados y las orientaciones del movimiento internacional de reforma de la evaluación de la investigación

Con estas medidas se pretende mejorar la calidad y la diversidad del personal docente e investigador del sistema universitario público español, así como potenciar su capacidad para responder a los retos actuales y futuros de la sociedad del conocimiento.

El objeto de desarrollo de este Real Decreto es la regulación del procedimiento para la obtención de la acreditación estatal de los cuerpos docentes universitarios (catedráticas/os y profesoras/es titulares de universidad), así como de los concursos para el acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios, a los que hacen referencia los artículos 68 y 69 de la LOSU. Estos objetivos se centran en:

  • Simplificar y agilizar el procedimiento de acreditación.
  • Desarrollar una cultura de confianza, presumiendo la veracidad de los méritos acreditados por los candidatos en el procedimiento de acreditación.
  • Disminuir las barreras que el procedimiento de acreditación y concurso supone para la movilidad y a la internacionalización del profesorado del sistema universitario público español.
  • No actualizar la regulación del procedimiento para la obtención de la acreditación estatal de los cuerpos docentes universitarios.
  • No actualizar la regulación del procedimiento de los concursos para el acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios

Teniendo en cuenta la motivación y los objetivos expuestos en los apartados anteriores, estas alternativas supondrían la omisión de mandatos de desarrollo normativo contenidos en su ley orgánica y, por ello, la completitud y coherencia de la normativa del ámbito universitario quedarían afectadas.

Por tanto, la aprobación de este real decreto constituye, según este Departamento, una necesidad regulatoria acorde al contexto normativo y en atención a la seguridad jurídica, siendo la única herramienta jurídica posible para lograr los objetivos previstos.

El plazo para presentar aportaciones iniciará el 26 de abril hasta el 29 de mayo de 2023, ambos inclusive.

Las aportaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico participacionpublica.sgu@universidades.gob.es, haciendo constar en ellas:

EN EL ASUNTO DEL CORREO: “CPP RD ACREDITACIÓN + Nombre de la entidad o persona

EN EL CUERPO DEL CORREO:

  • Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
  • Organización o asociación (si corresponde).
  • Contacto (correo electrónico).

Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban tratarse con carácter confidencial y, en consecuencia, no se difunde, deberán señalarse específicamente en el propio texto de la aportación, no considerándose los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

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