Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones a las universidades integradas en Alianzas Europeas de Universidades seleccionadas por la Comisión Europea.

Oberta

Any: 2026

Data de publicació: d’abril 2026

Període de consulta: des de: 14/04/26 fins a: 29/04/26

El presente proyecto de Real Decreto se orienta a dar respuesta a diversas necesidades identificadas en el marco de la participación de las universidades españolas en la iniciativa «Universidades Europeas» promovida por la Comisión Europea, en particular en relación con las universidades españolas seleccionadas en alianzas europeas en la quinta convocatoria de dicho programa.

En este contexto, se ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar los instrumentos de apoyo a la participación de las universidades españolas en iniciativas de cooperación transnacional de carácter estratégico, con el fin de facilitar el adecuado desarrollo de las actividades comprometidas en el ámbito europeo y contribuir a la consolidación de dichas alianzas.

Por otro lado, la experiencia acumulada en convocatorias anteriores ha evidenciado la necesidad de contar con instrumentos de financiación adicionales, que no son objeto de financiación dentro del programa europeo, teniendo en cuenta que se trata de proyectos previamente seleccionados en el marco de un procedimiento competitivo a nivel europeo.

En este sentido, el proyecto de Real Decreto pretende ofrecer una respuesta adecuada a dichas necesidades, mediante el establecimiento de un marco específico que permita canalizar el apoyo estatal a las universidades participantes en alianzas europeas, en condiciones de seguridad jurídica y eficiencia administrativa.

Adicionalmente, se persigue favorecer la alineación de las políticas nacionales con las prioridades estratégicas de la Unión Europea en materia de educación superior, contribuyendo al fortalecimiento del Espacio Europeo de Educación Superior y al impulso de modelos de cooperación universitaria más integrados, innovadores y orientados a los retos globales.

En definitiva, la norma proyectada tiene por finalidad fomentar la participación de universidades españolas en la iniciativa «Universidades Europeas», reforzando su capacidad de actuación en el ámbito internacional y contribuyendo al desarrollo de un sistema universitario más abierto, conectado y competitivo.

Las razones que acreditan la necesidad y la oportunidad para su aprobación se basan en el interés público, social y económico de la concesión de estas subvenciones que, como en los precedentes reales decretos, tratan de apoyar a las universidades españolas participantes en las Alianzas Europeas de Universidades existentes en su momento, dada la trascendencia que tiene para el interés general el asegurar y garantizar el correcto funcionamiento y participación de todas estas instituciones en la iniciativa «Universidades Europeas», en el valor estratégico de la misma y en sus beneficios para el sistema universitario español en su conjunto.

El presente proyecto de Real Decreto tiene como objetivo general establecer el marco regulador para la concesión directa de subvenciones a las universidades españolas participantes en la iniciativa «Universidades Europeas», con el fin de apoyar su adecuada participación en las alianzas seleccionadas por la Comisión Europea en el marco de la quinta convocatoria de este programa.

Este objetivo se alinea con los principios y fines recogidos en la Ley Orgánica 2/2023 (LOSU), que promueve, entre otros aspectos, la internacionalización del sistema universitario, el fortalecimiento de su dimensión europea y la cooperación estructural entre universidades como elementos clave para la mejora de la calidad, la innovación y la proyección internacional de las instituciones de educación superior.

En particular, la norma persigue los siguientes objetivos específicos:

  • Facilitar el desarrollo y la consolidación de las alianzas universitarias europeas en las que participan instituciones españolas, contribuyendo al cumplimiento de los compromisos adquiridos en el ámbito europeo y al avance hacia modelos de integración universitaria más profundos, en línea con lo previsto en la LOSU.

  • Reforzar la capacidad de las universidades españolas para participar en proyectos de cooperación transnacional, promoviendo entornos de colaboración estables y sostenidos que favorezcan la creación de campus interuniversitarios europeos y el desarrollo de iniciativas conjuntas de docencia, investigación e innovación.

  • Establecer un instrumento de financiación adicional para estas actuaciones, en coherencia con su carácter estratégico y con el hecho de haber sido previamente seleccionadas en el marco de un procedimiento competitivo a nivel europeo.

  • Favorecer la alineación del sistema universitario español con las prioridades estratégicas de la Unión Europea en materia de educación superior, contribuyendo al fortalecimiento del Espacio Europeo de Educación Superior y a la implementación de iniciativas europeas clave, en línea con el mandato de proyección internacional recogido en la LOSU.

  • Impulsar la internacionalización estructural del sistema universitario español, promoviendo la movilidad, la cooperación institucional y el desarrollo de titulaciones conjuntas, de conformidad con los objetivos de apertura y conexión internacional establecidos en la LOSU.

  • Contribuir a la mejora de la calidad, la innovación y la competitividad del sistema universitario, reforzando su capacidad para responder a los retos sociales, económicos y tecnológicos en un entorno global, en coherencia con los principios de excelencia y servicio público que inspiran la LOSU.

En definitiva, la norma tiene por finalidad garantizar un marco eficaz de apoyo a la participación de las universidades españolas en la iniciativa «Universidades Europeas», reforzando su dimensión europea y su proyección internacional, en línea con los objetivos estratégicos establecidos en la LOSU.

1. Alternativa de no intervención

Se ha considerado la posibilidad de no adoptar ninguna medida normativa de apoyo estatal adicional, manteniendo el actual marco de actuación. No obstante, esta alternativa ha sido descartada por cuanto no permitiría dar respuesta adecuada a las necesidades detectadas en términos de estabilidad, previsibilidad y suficiencia de los instrumentos de financiación, ni garantizaría el adecuado desarrollo de las actuaciones comprometidas por las universidades españolas en el marco de las alianzas europeas.

2. Utilización de mecanismos ordinarios de concurrencia competitiva

Otra alternativa analizada ha sido la articulación de ayudas a través de convocatorias en régimen de concurrencia competitiva. Sin embargo, esta opción presenta limitaciones relevantes, dado que las universidades beneficiarias ya han sido previamente seleccionadas en el marco de un procedimiento competitivo a nivel europeo.

3. Utilización de instrumentos no normativos como por ejemplo convenios o acuerdos específicos

Se ha valorado igualmente la posibilidad de canalizar el apoyo a través de convenios de colaboración u otros instrumentos de naturaleza similar. No obstante, esta alternativa no garantiza el mismo grado de homogeneidad, transparencia y seguridad jurídica en la asignación de los fondos, ni permite una articulación tan clara y sistemática del régimen de derechos y obligaciones de las entidades beneficiarias.

Opción elegida: concesión directa mediante Real Decreto

Frente a las alternativas anteriores, se ha optado por la aprobación de un Real Decreto que regule la concesión directa de las subvenciones, al amparo de lo previsto en la normativa en materia de subvenciones, por concurrir razones de interés público, social y económico.

Esta opción permite:

  • Adecuar el instrumento jurídico a la singularidad de las actuaciones, previamente seleccionadas en el ámbito europeo.

  • Garantizar un marco homogéneo, transparente y con plena seguridad jurídica.

  • Dotar de agilidad al procedimiento de concesión, facilitando la ejecución de las actuaciones en los plazos previstos.

  • Asegurar la coherencia con las prioridades estratégicas nacionales y europeas en materia de educación superior.

En consecuencia, la alternativa elegida se considera la más adecuada y proporcionada para alcanzar los objetivos perseguidos, en línea con los principios de buena regulación y con el marco establecido en la Ley Orgánica 2/2023.

El periodo de participación pública queda abierto desde las 14h del día 14 de abril.

Las contribuciones podrán enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico:

sgaeri@ciencia.gob.es