
Enfermero/a es una profesión regulada en España y para ejercerla se necesita una formación y cualificación específica recogida por ley o normativa.
¿Qué necesita para homologar su título universitario?
Estar en posesión de una titulación universitaria y cumplir los requisitos necesarios para ejercer la profesión en el país de expedición del título.
La titulación debe cumplir con los siguientes requisitos para ser homologada:
- Los criterios de evaluación para la homologación en enfermería (aneca.es) que elabora la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). Por ejemplo, 3 años de estudio y 2300 horas de formación clínica, entre otros.
- Las competencias y módulos establecidos en la Orden CIN/2134/2008 (boe.es).
- Competencia lingüística en español (nivel B2), si no es nacional de un estado entre cuyas lenguas oficiales se encuentre el castellano. Otras excepciones son haber cursado en español el 75 % de la carga horaria de la titulación aportada o haber cursado en español la formación previa al acceso a los estudios.
¿Qué documentos debe aportar?
- Documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante.
- Título o la certificación acreditativa de su expedición.
- Traducción oficial al castellano.
- Legalizado y apostillado (exentos títulos de países miembros de la UE, EEE y Suiza).
- Certificación académica:
- La duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido.
- Las asignaturas superadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos).
- Si le han convalidado más del 15 % de los créditos totales de la titulación, aporte un certificado de la institución de procedencia de dichos créditos.
- Traducción oficial al castellano.
- Legalizado y apostillado (exentos títulos de países miembros de la UE, EEE y Suiza).
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Formación en otras enseñanzas universitarias oficiales diferentes del título extranjero que se trata de homologar, atendiendo a que complementen académicamente la formación obtenida a través del título que se pretende homologar.
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Experiencia profesional debidamente acreditada y relacionada con las competencias profesionales recogidas en las mencionadas órdenes.
- Justificante del pago de la tasa:
- Pago telemático (justificante no necesario).
- Pago con modelo 790-107 en entidades colaboradoras.
- Pago por transferencia.
- Acreditación de la competencia lingüística necesaria (salvo si les son de aplicación las excepciones mencionadas más arriba).
- Documentación justificativa de que se cumplen los requisitos para ejercer la profesión en el país de expedición del título, si procede. Para países miembros de la UE, EEE y Suiza, será necesario presentar el certificado de conformidad con la Directiva 2005/36/CE.
¿Cómo solicitar la homologación?
El procedimiento de solicitud se tramita exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en en solicitud de homologación de títulos extranjeros (universidades.sede.gob.es).
Tras la cumplimentación de la solicitud y su presentación podrá consultar el estado de la tramitación de su expediente.
Más información en Homologación de títulos extranjeros de educación superior.