Enfermero/a

¿Quiere ejercer como enfermero/a en España?

Enfermero/a es una profesión regulada en España y para ejercerla se necesita una formación y cualificación específica recogida por ley o normativa.

¿Qué necesita para homologar su título universitario?

Estar en posesión de una titulación universitaria y cumplir los requisitos necesarios para ejercer la profesión en el país de expedición del título.

La titulación debe cumplir con los siguientes requisitos para ser homologada:

  • Los criterios de evaluación para la homologación en enfermería (aneca.es) que elabora la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). Por ejemplo, 3 años de estudio y 2300 horas de formación clínica, entre otros.
  • Las competencias y módulos establecidos en la Orden CIN/2134/2008 (boe.es).
  • Competencia lingüística en español (nivel B2), si no es nacional de un estado entre cuyas lenguas oficiales se encuentre el castellano. Otras excepciones son haber cursado en español el 75 % de la carga horaria de la titulación aportada o haber cursado en español la formación previa al acceso a los estudios.
¿Qué documentos debe aportar?
  1. Documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante.
  2. Título o la certificación acreditativa de su expedición.
    • Traducción oficial al castellano.
    • Legalizado y apostillado (exentos títulos de países miembros de la UE, EEE y Suiza).
  3. Certificación académica:
    • La duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido.
    • Las asignaturas superadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos).
    • Si le han convalidado más del 15 % de los créditos totales de la titulación, aporte un certificado de la institución de procedencia de dichos créditos.
    • Traducción oficial al castellano.
    • Legalizado y apostillado (exentos títulos de países miembros de la UE, EEE y Suiza).
  4. Formación en otras enseñanzas universitarias oficiales diferentes del título extranjero que se trata de homologar, atendiendo a que complementen académicamente la formación obtenida a través del título que se pretende homologar.

  5. Experiencia profesional debidamente acreditada y relacionada con las competencias profesionales recogidas en las mencionadas órdenes.

  6. Justificante del pago de la tasa:
    • Pago telemático (justificante no necesario).
    • Pago con modelo 790-107 en entidades colaboradoras.
    • Pago por transferencia.
  7. Acreditación de la competencia lingüística necesaria (salvo si les son de aplicación las excepciones mencionadas más arriba).
  8. Documentación justificativa de que se cumplen los requisitos para ejercer la profesión en el país de expedición del título, si procede. Para países miembros de la UE, EEE y Suiza, será necesario presentar el certificado de conformidad con la Directiva 2005/36/CE.
¿Cómo solicitar la homologación?

El procedimiento de solicitud se tramita exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en  en solicitud de homologación de títulos extranjeros (universidades.sede.gob.es).

Tras la cumplimentación de la solicitud y su presentación podrá consultar el estado de la tramitación de su expediente.

Más información en Homologación de títulos extranjeros de educación superior.

IMPORTANTE

Si la ANECA ha publicado medidas generales relativas a su titulación y universidad la tramitación será más rápida. Consulte en Medidas si a su titulación universitaria se le aplica alguna medida general.

Si no la encuentra, no significa que su titulación no reúne los requisitos para ser homologada, sino que la ANECA tendrá que evaluar si los cumple.

Si su titulación es de la Unión Europea, EEE o Suiza ¿Qué opciones tiene?

Si su titulación pertenece al Espacio Económico Europeo (EEE), también puede ejercer la profesión solicitando un reconocimiento profesional al Ministerio de Sanidad (sanidad.gob.es) según la Directiva 2005/36/CE.

Las profesiones sectoriales, entre las que se incluye la de enfermero/a, gozan de reconocimiento directo conforme a la Directiva 2005/36/CE.

Más información en la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad (sede.mscbs.gob.es).

Por otro lado, también puede solicitar la Tarjeta Profesional Europea (europa.eu), (TPE/EPC European Professional Card) que igual que el reconocimiento, otorga plenos efectos profesionales para ejercer la misma profesión para la que esté habilitado en su país.

Estos dos trámites son gratuitos.

¿Quiere optar a otros empleos con su titulación?

Si no desea ejercer como enfermero/a en España, siempre puede solicitar la declaración de equivalencia de sus estudios universitarios y optar a puestos de trabajo por cuenta propia, por cuenta ajena o para la administración pública.

Consulte al Colegio Oficial de Enfermeros si las actividades que quiere desempeñar son atribuciones de la profesión de enfermero/a o no.

Más información en Declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.

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Subdirección General de Títulos y Ordenación Universitaria

P.º de la Castellana 162. 28046 Madrid.

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