Subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados cuyo ámbito de actuación sea la universidad 2025
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU)
Ano: 2025
Data de publicación: decembro 2025
Prazos de Solicitude: Comezo: 9/12/25 - Fin: 22/12/25
Plan Estratéxico: Outras axudas
Orzamento: 26 000,00 €
Corpo de instrucións: Subdirección General de Formación del Profesorado Universitario y Gestión de Programas de Ayuda
El objeto del presente procedimiento es financiar los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes y de egresados en el ámbito universitario.
- Presupuesto total de la convocatoria: 26 000 €
- Financiación máxima por entidad: 2000 €
- Financiación máxima por actividad: 1000 €
- Número máximo de actividades financiables por entidad: 2
Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes y de egresados de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución, en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.
Resolución de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados cuyo ámbito de actuación sea la universidad.
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Extracto de la resolución de 21 de noviembre de 2025, por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones a asociaciones juveniles, federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados
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Resolución de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados cuyo ámbito de actuación sea la universidad
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Nota aclaratoria presentación de solicitudes
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Las solicitudes de las subvenciones, dirigidas al secretario general de Universidades, se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y la presentación. se realizará través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es) dirigiéndolas a la Subdirección General de Formación del Profesorado Universitario y Gestión de programas de Ayuda (Código DIR3 EA0041232) del Ministerio del ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, además de en la plataforma que se recoge en la convocatoria.
La solicitud deberá ser firmada de forma electrónica por el representante legal de la asociación, confederación o federación. Si se presentara más de una solicitud, solamente será tenida en cuenta la presentada en último lugar, siendo todas las anteriores desestimadas.
Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE.
Mecanismo de evaluación.
Cada una de las actividades propuestas en cada solicitud será evaluada de manera individual.
Las actividades que no alcancen una nota mínima serán desestimadas.
Los fondos se repartirán entre las actividades que hayan conseguido mayor puntuación, hasta agotar el presupuesto.
En la misma solicitud una de las actividades puede ser financiada y la otra no.
Procedimiento y plazo de resolución.
Se publicará una resolución provisional a la que se podrá alegar dentro de un plazo de diez días hábiles.
En el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria, se publicará la resolución definitiva con la relación de actividades para las que se propone la concesión de la subvención, y la cuantía de esta.
Consultas sobre la convocatoria y la solicitud (Subvenciones universitarias)