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Ayudas para estancias de movilidad en el extranjero José Castillejo para jóvenes doctores 2025

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Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU)

Ano: 2025

Data de publicación: xaneiro 2026

Prazos de Solicitude: El plazo finaliza a las 14:00 hora peninsular española: Comezo: 29/01/26 - Fin: 18/02/26

Plan Estratéxico: Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027

Programa/Oferta: Programa de Recursos Humanos

: Subprograma Estatal de Formación, Atracción y Retención del Talento

Corpo de instrucións: Subdirección General de Formación del Profesorado Universitario y Gestión de Programas de Ayuda.

Réxime: Concurrencia competitiva

Objetivo

La realización de estancias de movilidad en el extranjero que favorezcan e incentiven la movilidad de jóvenes doctores, que se hayan incorporado recientemente a la carrera docente e investigadora y mantengan una vinculación contractual como profesores e investigadores con sus centros de adscripción, de forma que puedan ampliar sus conocimientos y mejorar su competencia académica en beneficio de los sistemas universitario y de I+D+I españoles.

Número

El número de ayudas previstas es de 260 estancias, de las cuales hasta 30 podrán corresponder a estancias en EE.UU. en el marco del Programa Fulbright.

Duración. Fechas de inicio y fin de las estancias

  • Las estancias han de tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 meses.
  • Las estancias deberán realizarse entre el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2027. No obstante, aquellos profesores y/o investigadores que deseen realizar la estancia antes, podrán solicitar que la fecha de inicio sea a partir del 1 de septiembre de 2026. En estos casos, cuando la fecha de inicio de la estancia se haya solicitado para 2026, si se concediese la ayuda, ésta sólo tendrá efectos siempre que se acredite el inicio y/o la realización de la estancia en los términos requeridos en la convocatoria y en las fechas establecidas en la resolución de concesión.
  • Los solicitantes que opten por presentar la solicitud al Programa Fulbright, sólo podrán solicitar una fecha de inicio posterior al 1 de enero de 2027.
  • Las estancias se solicitarán y concederán, en todos los casos, desde el día 1 del mes de inicio hasta el último día del mes de finalización.

Centros de adscripción

Para poder concurrir a esta convocatoria y ser beneficiarios de estas ayudas, se ha de acreditar la vinculación requerida en cada modalidad con alguno de estos centros de adscripción:

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Universidades públicas, sus Institutos universitarios y centros adscritos.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas.
  • Institutos de Investigación Sanitaria públicos, acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria y normas complementarias.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, públicos, que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
  • Otros centros públicos de I+D+I.

Proyectos a realizar y grupos receptores

  • Para llevar a cabo el proyecto el beneficiario ha de integrarse en un grupo del centro receptor y uno de sus miembros ha de asumir ser responsable de la actividad docente/investigadora del mismo a lo largo de la estancia.
  • No podrán admitirse a trámite solicitudes en las que no haya un grupo receptor, formado como mínimo por dos profesores/investigadores de dicho centro. Este requisito deberá acreditarse y quedar cumplimentado en el apartado de la solicitud correspondiente a la información sobre los miembros del grupo receptor.

Centros de destino

  • La estancia ha de solicitarse para un solo centro de destino, que será el centro receptor.
  • Los centros para los que se solicite la estancia de movilidad deberán ser centros extranjeros, estar ubicados fuera del territorio nacional y serán universidades y centros de investigación altamente competitivos en el área científica del candidato.
  • En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de nacionalidad del beneficiario salvo que éste acredite tener su residencia legal en España y haber transcurrido como mínimo 2 años con vinculación indefinida con el centro de adscripción. Cuando el solicitante tenga doble nacionalidad, siendo la española una de ellas, el país de destino podrá coincidir con el de la otra nacionalidad de la persona beneficiaria.
  • Solo en los casos que el candidato acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65% no será obligatoria la movilidad al extranjero y el centro receptor podrá ser español y estar, excepcionalmente, en territorio español, pero se requerirá cambio de residencia habitual.

PRESUPUESTO

Las subvenciones conllevan:

  • Una dotación mensual en concepto de gastos de alojamiento y manutención entre 2.150 y 3.100 euros al mes, o la parte proporcional por los días que correspondan si en el mes de inicio y finalización no se permanece en el centro receptor durante todo el mes.
  • Una dotación para gastos de viaje hasta un máximo de 1.200 €.
  • Una dotación para gastos de instalación hasta un máximo de 2.000 €.

Estas dotaciones varían en función del país de destino y los importes de cada país figuran en el Anexo de la convocatoria.

  • Todas las personas beneficiarias de las subvenciones podrán contratar un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.
  • Respecto a la asistencia sanitaria, las que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social y tengan el centro receptor en países en los que no tenga validez la Tarjeta Sanitaria Europea, deberán suscribir una póliza de asistencia, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda en concepto de gastos de instalación.
  • Aquellas que pertenezcan a MUFACE disfrutarán de la asistencia sanitaria en el extranjero en los términos establecidos y cubiertos por su mutualidad y sólo podrán imputar la contratación de un seguro de asistencia en aquellos casos en los que el centro receptor exija la contratación obligatoria de una póliza concreta o con unas condiciones que no cubra MUFACE.
  • Las personas beneficiarias de la estancia en el marco del Programa Fulbright, disfrutarán de la póliza de seguro de enfermedad y accidentes ofrecida por el citado Programa.

Información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Base de Datos Nacional de Subvenciones

Personal docente y/o investigador con vinculación de funcionario interino o vinculación contractual, como personal docente o investigador, que esté en posesión del grado de doctor, y la fecha de finalización del contrato sea posterior a la fecha de terminación de la estancia de movilidad solicitada. La vinculación ha de ser con un centro de investigación que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 9 de la convocatoria.

Requisitos

  • Haber obtenido el grado de doctor con posterioridad al 1 de enero de 2014, salvo los funcionarios de carrera de las universidades públicas españolas o pertenecientes a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, en cuyo caso, aunque el grado se haya obtenido con anterioridad han de concurrir siempre a la modalidad sénior.
  • Estar en servicio activo y con dedicación a tiempo completo en la vinculación acreditada con el organismo de origen que da su conformidad a la subvención solicitada.
  • No haber disfrutado estancias postdoctorales en el extranjero por un período acumulado superior a seis meses durante los últimos 4 años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, contabilizándose cualquier estancia de duración igual o superior a un mes. El cumplimiento de este requisito debe mantenerse en la fecha de inicio de la estancia.
  • La persona solicitante deberá disponer de una dirección de correo electrónico actualizada a efectos de notificación.

Incompatibilidades

  • Las subvenciones sólo serán compatibles con la vinculación contractual o funcionarial del beneficiario en el centro de adscripción.
  • Las subvenciones serán incompatibles con cualquier compromiso o actividad profesional no vinculada directamente al trabajo de investigación financiado, que requiera una ausencia del beneficiario de su centro de destino.
  • Los beneficiarios no podrán percibir ninguna cuantía destinada a los gastos de viaje y estancia en el extranjero con cargo a ningún proyecto ni similar.
  • Para más información ver el artículo 22 de la convocatoria.
  • Orden CNU/692/2019, de 20 de junio, (Boletín Oficial del Estado de 25 de junio), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020
  • Resolución de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades por la que se convocan, por tramitación anticipada, subvenciones para estancias en el extranjero para personal docente e investigador

INSTRUCCIONES

  • Las solicitudes se cumplimentarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio (acceso al servicio online). Puede encontrar más información sobre la formalización de las solicitudes en el artículo 11 de la convocatoria.
  • Los solicitantes de estancias para EE.UU., podrán optar por presentarse dentro del programa general o en el marco del Programa Fulbright. Para más información a este respecto ver el artículo 3 de la convocatoria.
  • Los solicitantes, en el plazo de presentación, deberán cumplimentar todos los datos de los formularios que figuren en la aplicación informática y adjuntar, en su caso, los documentos requeridos en impresos normalizados.

DOCUMENTACIÓN E IMPRESOS NORMALIZADOS

Formularios a cumplimentar en la propia aplicación

  • Los datos personales y profesionales referidos al cumplimiento de los requisitos necesarios para participar.
  • El CV del solicitante y la información referente al grupo y centro receptor, todo ello referido a los últimos seis años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Estos formularios son necesarios para la valoración científico-técnica. Todos los méritos que obren en el CV deberán poder ser debidamente acreditados mediante certificación o similar, en caso de que sean requeridos en la fase de evaluación. Para las publicaciones indexadas, se deberá incluir su posición relativa en el año de publicación en una categoría del JCR.

Documentos a adjuntar como archivos en formato electrónico

  • Memoria del proyecto a realizar durante el período solicitado para la estancia. Se aportará en el impreso normalizado, y deberá contener las características requeridas en la convocatoria.
  • Carta emitida por el centro receptor aceptando y dando su conformidad a la estancia del solicitante en dicho centro. Esta carta, expedida en papel con membrete oficial del centro y debidamente firmada, deberá ir acompañada de su correspondiente traducción al castellano.
  • Fotocopia del título de doctor o, en su defecto, certificado donde conste fecha de obtención del grado de doctor y fecha en la que ha solicitado el título.
  • Copia del contrato con el organismo de adscripción en todos los casos en que los solicitantes mantengan vinculación contractual, no funcionarial.
  • En caso de contratos renovables que finalicen con anterioridad a la fecha final de la estancia, certificado de los servicios de personal haciendo constar que el contrato va a ser renovado y la fecha final de la contratación.
  • En caso de vinculación contractual de interinidad, el contrato ha de ir acompañado de un certificado de los servicios de personal en el que conste que la vinculación se mantendrá hasta la fecha de finalización de la estancia y si antes de dicha fecha hubiera algún cambio en la vinculación del interesado se comunicará a efectos de acreditar el mantenimiento del cumplimiento del requisito requerido.
  • Certificado del organismo de adscripción, en el impreso normalizado, dando su validación y conformidad a la solicitud

INFORMACIÓN PARA LOS CENTROS DE ADSCRIPCIÓN: VALIDACIÓN Y CONFORMIDAD DE SOLICITUDES

  • Los centros de adscripción deberán emitir un certificado en el que den su validación y conformidad a cada solicitud presentada por sus investigadores/profesores.
  • Este certificado deberá cumplimentarse en el impreso normalizado correspondiente, disponible en el apartado «Documentación e impresos normalizados», y el solicitante deberá aportarlo al formalizar la solicitud, junto al resto de documentos requeridos. En el certificado se reflejará la vinculación del solicitante, estancias realizadas anteriormente y fechas de la estancia solicitada.
  • En este certificado, que podrá ser firmado por el representante legal del organismo de adscripción o por la persona responsable con delegación de firma, se dará la conformidad a la autorización de ausencia de la persona solicitante durante las fechas solicitadas. Asimismo, la entidad se comprometerá a ser entidad colaboradora, en caso de concesión, y a firmar el correspondiente Convenio de colaboración con el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
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Consultas sobre la convocatoria y solicitud (José Castillejo)

jose.castillejo@ciencia.gob.es

movilidad.organismos@ciencia.gob.es