Formación del Profesorado Universitario

Las ayudas de Formación del Profesorado Universitario (FPU) están destinadas a la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor/a y la adquisición de competencias docentes universitarias, en cualquier área del conocimiento científico, que faciliten la futura incorporación de estas personas al sistema español de educación superior, y de investigación científica.

Por lo tanto, financian un contrato predoctoral entre un estudiante de doctorado y una universidad o centro de investigación por un periodo de 4 años. Los objetivos de esta formación predoctoral son:

  • La realización de una tesis doctoral.
  • La formación en competencias docentes y la colaboración en tareas docentes con un mínimo de 90 y un máximo de 180 horas.

Para percibir una ayuda FPU es necesario cumplir estos tres requisitos:

  • Matrícula en un programa de doctorado a tiempo completo en una universidad española, o en su defecto, estar cursando un máster universitario oficial que dé acceso a un programa de doctorado.
  • Nota media mínima de expediente académico y fecha de finalización de los estudios, que se establecerán en cada convocatoria.
  • No estar en posesión ni en condiciones de obtener el título de doctor/a.

Quienes hayan obtenido el título de doctor/a, previo al inicio de la última anualidad de la ayuda FPU, podrán acceder a un periodo de orientación postdoctoral (POP) por un máximo de un año.

Ausencias temporales

La normativa del programa FPU distingue entre diferentes ausencias del centro donde se lleva a cabo la formación predoctoral:

1. Ausencias de corta duración:

  • Duración igual o inferior a 15 días.
  • No existe la obligación de comunicar estas ayudas al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

2. Ausencias de larga duración (más de 15 días):

  • Deben ser autorizadas por el centro y comunicadas al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
  • No pueden sumar más de 12 meses a lo largo de toda la ayuda, o bien 9 meses para convocatorias anteriores a 2021.
  • No pueden llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de la ayuda, salvo circunstancias excepcionales debidamente justificadas.
  • Pueden ser financiadas por entidades públicas o privadas y esta financiación, tanto para viaje como para alojamiento y manutención durante la estancia, se considera compatible con la ayuda FPU.
  • Pueden ser financiadas por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de una ayuda adicional para una estancia en otro centro. Las solicitudes de las estancias se presentarán, a través del centro de adscripción, en la Secretaría General de Universidades entre el 1 y el 15 de septiembre de la anualidad previa a su realización.
  • En caso de personas beneficiarias de convocatorias anteriores a 2022, pueden ser financiadas por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de la convocatoria complementaria de estancias breves y traslados temporales. Para ello tendrá lugar una convocatoria anual en régimen de concurrencia competitiva.
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Consultas sobre los beneficiarios

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