Proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, del Ministerio de Universidades y de sus Organismos Públicos
Ministerio de Universidades (MUNI)
Year: 2021
Published on: January 2021
Application deadlines: Start: 1/28/21 - End: 2/17/21
El Ministerio de Universidades, creado a través del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, es, de conformidad con lo establecido en Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Universidades, el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de universidades y las actividades que a éstas les son propias, así como del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
Según las previsiones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprobó la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Educación y Ciencia. En estos momentos, se hace necesario aprobar unas nuevas bases reguladoras que se adapten a la nueva estructura organizativa y a los cambios normativos que se han producido desde su aprobación.
Las bases reguladoras regirán la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Universidades y sus organismos públicos, salvo cuando la singularidad y especificidad de alguna de estas convocatorias exija la aprobación de unas bases específicas para un mejor cumplimiento de los fines previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El plazo para presentar alegaciones iniciará el 28 de enero y concluirá el 17 de febrero de 2021.
Las alegaciones deberán cursarse a la dirección de correo electrónico audiencia.publica@universidades.gob.es, haciendo constar en ellas:
- ASUNTO CORREO: Audiencia Orden bases reguladoras subvenciones.
- Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
- Organización o asociación (si corresponde).
- Contacto (correo electrónico).
Con carácter general, las alegaciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban tratarse con carácter confidencial y, en consecuencia, no se difunde, deberán señalarse específicamente en el propio texto de la alegación, no considerándose los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.