Homologación de títulos extranjeros de educación superior

¿Qué es la homologación?

La homologación habilita para el ejercicio de una profesión regulada en España.

¿Qué profesiones reguladas son susceptibles de homologación?

Las profesiones reguladas en España se establecen según el Anexo del Real Decreto 889/2022 (boe.es), de 18 de octubre.

 * No son susceptibles de homologación

Mi profesión no aparece 

A veces la nomenclatura de las titulaciones extranjeras no corresponde con la española. Compruebe que su titulación se corresponda con alguna de las profesiones reguladas para homologar en el Anexo del Real Decreto 889/2022 (boe.es).

Si su profesión no figura en la lista o no coincide con ninguna de las profesiones reguladas en España, no podrá optar por la homologación. Sin embargo, sí podrá solicitar la Declaración de equivalencia.

¿Cómo presentar la solicitud?

El procedimiento de solicitud se tramita exclusivamente a través de la sede electrónica.

Tras la cumplimentación de la solicitud y su presentación podrá consultar el estado de la tramitación de su expediente.

icono-contacto

Subdirección General de Títulos y Ordenación Universitaria

P.º de la Castellana 162. 28046 Madrid.

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