Profesor/a de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas 

¿Quiere ejercer como profesor/a en España?

Profesor/a de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas está regulada en España y para ejercerla se necesita una formación y cualificación específica regulada por ley o normativa.

¿Qué necesita para homologar su título universitario?

Para ser profesor/a de los cuerpos de secundaria, FP o EOI en España se requiere estar en posesión de dos titulaciones; un grado (titulación de base) y el máster de formación del profesorado habilitante para el ejercicio de la profesión. Por lo que si su titulación es extranjera deberá tener en cuenta lo siguiente:

¿Cómo obtener la homologación?

Dependiendo de su titulación deberá solicitar uno o los dos procesos indicados en la tabla anterior.

  • Con una titulación universitaria y cumpliendo los requisitos necesarios para ejercer la profesión en el país de expedición del título. (Equivalencia previa de mi titulación extranjera de base).
  • Haber adquirido las competencias y módulos establecidos en la Orden ECI/3858/2007 (boe.es).
  • Competencia lingüística en español (nivel B2), si no soy nacional de un estado entre cuyas lenguas oficiales se encuentre el castellano.  Otras excepciones son haber cursado en español el 75 % de la carga horaria de la titulación aportada o haber cursado en español la formación previa al acceso a los estudios.
¿Qué documentos debo aportar?
  1. Documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante.
  2. Título o la certificación acreditativa de su expedición.
    • Traducción oficial al castellano.
    • Legalizado y apostillado (exentos títulos de países miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza).
  3. Certificación académica, en el que conste:
    • La duración oficial en años académicos del plan de estudios.
    • Las asignaturas superadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos).
    • Si le han convalidado más del 15 % de los créditos totales de la titulación, aporte un certificado de la institución de procedencia de dichos créditos.
    • Traducción oficial al castellano.
    • Legalizado y apostillado (exentos las titulaciones universitarias de países miembros de la UE, EEE y Suiza).
  4. Formación en otras enseñanzas universitarias oficiales diferentes del título extranjero que se trata de homologar, atendiendo a que complementen académicamente la formación obtenida a través del título que se pretende homologar.

  5. Experiencia profesional debidamente acreditada y relacionada con las competencias profesionales recogidas en las mencionadas órdenes.

  6. Justificante del pago de la tasa:
    • pago telemático (justificante no necesario).
    • Pago con modelo 790-107 en entidades colaboradoras.
    • Pago por transferencia.
  7. Acreditación de la competencia lingüística (salvo si les son de aplicación las excepciones mencionadas más arriba).
  8. Documentación justificativa de que se cumplen los requisitos para ejercer la profesión en el país de expedición del título, si procede.
¿Cómo solicitar la homologación?

El procedimiento de solicitud se tramita exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en solicitud de homologación de títulos extranjeros (universidades.sede.gob.es).

Tras la cumplimentación de la solicitud y su presentación podrá consultar el estado de la tramitación de su expediente.

Más información en Homologación de títulos extranjeros de educación superior.

IMPORTANTE

Si la ANECA ha publicado medidas generales relativas a su titulación y universidad la tramitación será más rápida. Consulte en Medidas si a su titulación universitaria se le aplica alguna medida general.

Si no la encuentra, no significa que su titulación no reúne los requisitos para ser homologada, sino que la ANECA tendrá que evaluar si los cumple.

Si su titulación es de la Unión Europea, EEE o Suiza ¿Qué opciones tiene?

Si tu titulación es del EEE, también puedes ejercer solicitando un reconocimiento profesional al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades según la Directiva 2005/36/CE.

Este trámite es gratuito.

Más información en Reconocimiento de títulos obtenidos en la Unión Europea para el ejercicio de profesiones reguladas en aplicación de la Directiva 2005/36/CE.

¿Quiere optar a otros empleos con su titulación?

Si no desea ejercer como profesor/a de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas en España, siempre puede solicitar la declaración de equivalencia de sus estudios universitarios y optar a puestos de trabajo por cuenta propia, por cuenta ajena o para la administración pública.

Más información en Declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.

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Subdirección General de Títulos y Ordenación Universitaria

P.º de la Castellana 162. 28046 Madrid.

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