Glosario de términos

El proceso de reconocimiento de títulos universitarios extranjeros en España implica el uso de una terminología específica, tanto en el ámbito académico como en el administrativo. Con el objetivo de facilitar la comprensión de estos conceptos y de establecer una correspondencia clara entre los términos empleados en el sistema español y los utilizados en otros países, se presenta este glosario.

Su finalidad es ofrecer definiciones precisas que contribuyan a una interpretación homogénea y accesible del procedimiento de reconocimiento.

La siguiente tabla muestra algunas de los téminos más utilizados en este proceso, los cuales se amplian en el documento "Glosario de términos".

​​​​​​​​​​​​​  NOMENCLATURA ESPAÑOLA OTRAS DEFINICIÓN
Título Diploma, Degree certificate Documento oficial que acredita la finalización de estudios formales.  
Certificación académica Transcript, malla circular, historial académico, certificado analítico/de estudios/ de notas  Documento expedido por las universidades en el que debe constar: la duración en años de los estudios, materias superadas, horas o créditos (ECTS) por asignatura. Debe estar firmado y sellado por la autoridad académica.
Suplemento europeo al título Diploma Supplement Documento que acompaña a los títulos universitarios oficiales, con información sobre los estudios realizados, los resultados obtenidos, las competencias y el nivel de la titulación. Debe estar firmado y sellado por la autoridad académica
Créditos/ECTS (European Credit Transfer and Accumulation System) STC (Sistema de Créditos Transferibles) créditos académicos La carga horaria de las materias se expresa en créditos ECTS. Un crédito equivale a 25 horas de estudio y 60 créditos corresponden a la carga horaria de un año académico. 
Título propio Formación permanente, formación continua  Programa de estudios, generalmente de máster, que no está reconocido oficialmente y no da acceso a estudios de doctorado. No se reconocen aunque el centro esté autorizado. 
Audiencia Vista  Parte de la tramitación en la que el interesado puede comunicar su conformidad a una resolución o presentar alegaciones si no está de acuerdo. 
Desistir Renunciar, abandonar  Renunciar a la tramitación de un expediente. 
Inadmitir Rechazar, anular Anular la tramitación de un expediente porque no reúne los requisitos básicos, porque se encuentra dentro de las exclusiones o porque está duplicado. 

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