
La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y la Estrategia Estatal de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 contemplan la igualdad de género en la investigación y la innovación en sus dos vertientes:
- Lograr una igualdad real y efectiva de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los niveles y ámbitos del sistema de ciencia e innovación.
- Mejorar la integración de la dimensión de género en las políticas, programas y proyectos de I+D+I.
Las políticas de igualdad en el sistema de ciencia, tecnología e innovación se centran en:
- Visibilizar y divulgar: acceso a cifras y datos estadísticos para conocer el estado de la cuestión; y acciones de divulgación científica con investigadoras e innovadoras como referentes para despertar vocaciones STEM entre las chicas.
- Transformar e impulsar: acceso a medidas, actuaciones y recursos para erradicar desigualdades entre mujeres y hombres en la I+D+I, acelerar el avance a una igualdad de género real y efectiva, e integrar la dimensión de género en el contenido de la ciencia y la innovación.
Los principios que guían estas actuaciones son:
- inspiración en acuerdos internacionales y marco de actuación de la UE,
- participación, coordinación y trabajo con todos los grupos de interés,
- estructuras en igualdad estables y fortalecidas para la ciencia e innovación,
- responsabilidad de las instituciones de I+D+I en la promoción de la igualdad, y
- rendición de cuentas de todo el sistema español de ciencia e innovación.
Interseccionalidad y fomento de la diversidad
La igualdad de género en la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación (disposición adicional decimotercera) se cconcreta en:
- Composición con equilibrio de género en órganos, consejos y comités regulados en la ley, y órganos de evaluación y selección.
- Incorporación transversal de la perspectiva de género en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica.
- Datos desagregados por sexo e indicadores de género en el Sistema de Información sobre Ciencia, Tecnología e Innovación recogerá.
- Mecanismos para eliminar los sesgos de género en procedimientos de selección y evaluación del personal investigador y de concesión de ayudas y subvenciones. Tendrán en cuenta, además, entre otras, situaciones de riesgo durante el embarazo, maternidad, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad.
- Planes de igualdad de género en los Organismos Públicos de Investigación.
La investigación sobre género en el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades (PEIO)
La promoción de la igualdad de trato y oportunidades, a todos los niveles, debe extenderse a todos aquellos ámbitos en que se genera conocimiento y, en particular, al ámbito investigador y universitario.
El conocimiento de la realidad es fundamental para poder adoptar decisiones adecuadas, dirigidas a modificar las condiciones que propician desigualdades. Es, además, una herramienta que permite visibilizar el papel de las mujeres.
Es preciso impulsar el conocimiento de la realidad de las mujeres, así como la presencia equilibrada entre mujeres y hombres en estos ámbitos, favoreciendo con ello la igualdad.
Medidas de aplicación en el III Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado
En cumplimiento del 64 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, el Plan tiene como objetivos dar respuesta y abordar de manera integral las necesidades reales de las empleadas y empleados públicos en esta materia, consolidar de manera efectiva la igualdad de trato y de oportunidades del personal al servicio de la AGE, y erradicar cualquier forma de discriminación directa o indirecta por razón de sexo en el ámbito de la Administración.
El III Plan cuenta con 120 medidas, 57 de las cuales son transversales a todos los departamentos ministeriales y, por tanto, son de aplicación al Ministerio de Ciencia e Innovación y a sus organismos públicos dependientes